viernes, 5 de diciembre de 2014

PODERES PÙBLICOS

  

PODERES PUBLICOS

      Poderes públicos es un término ciencias políticas para designar al conjunto de los poderes del Estado, especialmente en su dimensión coactiva, como aquellos a quienes corresponde el uso legítimo de la violencia (en términos de Max Weber, el monopolio de la violencia).
     En el sentido abstracto de la expresión, se entiende poder como la facultad de mandar y ser obedecido, y público como actividad del Estado. Poder público es la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un acto determinado.
    El poder público es necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen en un espacio físico cualquiera. Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas que permitan la convivencia humana, la cual se traduce en el ejercicio del poder.
      En toda sociedad se conforman grupos que, de una u otra manera crean un centro de poder que irradia su acción en diversas direcciones como: religión, economía, cultura, incluso y que como dice Bourdieu, la sociedad es una verdadera “constelación Estado", especialmente en su dimensión coactiva, como aquellos a quienes corresponde el uso legítimo de la violencia (en términos de Max Weber, el monopolio de la violencia).
     El Poder Público Nacional está dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral de los ciudadanos.
  • PODER LEGISLATIVO: El Poder Legislativo está representado por una cámara que esta unida a la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Se compone actualmente de 165 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.
  • PODER EJECUTIVO: El Poder Ejecutivo Nacional es ejercido por el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministro y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación.   El presidente de la república es el jefe del Estado y del poder ejecutivo nacional. También es elegido de forma democrática por un periodo de 6 años, y puede ser reelegido.
  • PODER JUDICIAL: El Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia. el poder judicial es ejercido por la corte suprema de justicia y por los demás tribunales inferiores que el congreso establezca en el territorio nacional. 


  • PODER CIUDADANO: El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela.    El poder ciudadano surgió con "El constituyente", en la colectividad, para velar por el buen cumplimiento de la administración del estado.
  • PODER ELECTORAL: El Poder Electoral está constituido y representado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), quien es el encargado de coordinar los procesos electorales, así como el registro civil y electoral.

DEFENSORIA DEL PUEBLO

     La Defensoría del Pueblo (del sueco Ombudsman) es una de las instancias del Poder Ciudadano de Venezuela en conjunto con el Ministerio Público y la Contraloría General de la República, el mismo tiene su asiento en la ciudad de Caracas. La misma tiene su origen con la constitución de 1999 en la cual se reconoce por primera vez al Poder Ciudadano.

La Defensoría del Pueblo según la Constitución tiene como finalidad la promoción, vigilancia y defensa de los Derechos humanos (DDHH) en el país. La misma es dirigida por el Defensor del pueblo quien se encarga de velar por el buen funcionamiento de la instancia. 
MINISTERIO PUBLICO

      El Ministerio Público de Venezuela es un órgano perteneciente al Poder Ciudadano, tiene carácter autónomo e independiente. Está bajo la dirección del Fiscal General de la República que es elegido por la Asamblea Nacional para un período de 7 años.

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